Subasta de certificados para la fabricación de medicamentos, inscriptos en REM de la ANMAT, en block
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Descripción del bien
Subasta en block de 37 certificados para la elaboración de medicamentos que se encuentran inscriptos en el Registro de Especialidades Medicinales (REM) cuya detalle pormenorizado se encuentra en la descripción del lote y adjunta al PDF del auto de subasta. Se hace saber que algunos de los certificados que forman parte del lote se encuentran vencidos al día de la fecha. En dólares.
subasta en block de 37 certificados para la elaboración de medicamentos que se encuentran inscriptos en el REM y a continuación se detallan: 1. AGUA PARA INYECCION destilada inyectable (certificado 37.787) 2. SOLUCIÓN FISIOLÓGICA cloruro de sodio 0,85gr/100ml (certificado 37.788) 3. SUCCINILCOLINA clorhidrato 100mg: 500mg, polvo liofilizado (certificado 38.973) 4. SUCCINILCOLINA clorhidrato 100mg: 2mg, solución (certificado 38.973) 5. NITROGLICERINA 25MG/5ML, solución inyectable (certificado 42.436) 6. DOPAMINA clorhidrato 100mg/5ml. 200mg./5ml inyectable (certificado 43.125) 7. TIOPENTAL - Tiopental sódico 1g, inyectable para perfusión (certificado 43.584) 8. CEFALOTINA sódica 1000mg. inyectable (certificado 43589) 9. PROPOFOL 10mg/ml inyectable (certificado 43.900) 10. OMEPRAZOL 20mg. cápsula dura (certificado 48.117). 11. OMEPRAZOL 40mg. polvo liofilizado para inyectable (certificado 48.117) 12. ORNIDAZOL 1000mg/6ml inyectable para perfusión (certificado 48.175) 13. OXALIPLATINO 50me. 100gr. polvo liofilizado para inyectable (certificado 48.202). 14. ETOPOSIDO 100mg. 5ml solución inyectable (certificado 48.220) 15. RIFAMICINA SV 1gr/100ml solución tópica (certificado 48.272) 16. RIFAMICINA SV 1gr/100gr pomada dérmica (certificado 48.272) 17. RIFAMICINA SV 1gr/100ml spray dérmico (certificado 48.272) 18. MESNA 200MG/2ml 400mg/4ml solución inyectable (certificado 48.320) 19. LAMIVUDINA 150mg. comprimidos recubiertos (certificado 48.549) 20. BETAMETASONA betametasona 17 ugüento (certificado 48.734). 21. CEFTRIAXONA 0,5 g/5ml. 1 g. polvo inyectable (certificado 48.843) 22. LAMIVUDINA 150mg - ZIDOVUDINA300mg. comprimidos recubiertos (certificado 49.037). 23. HIDROXIUREA 500mg. cápsulas duras (certificado 49.413) 24. CLONIDINA clorhidrato 0,15mg/ml (certificado 49.663) 25. IDARUBICINA clorhidrato 5mg/25mg cápsulas duras (certificado 49.858). 26. IDARUBICINA clorhidrato 5mg/10mg. polvo liofilizado para inyectable (certificado 49.858). 27. RIFAMPICINA 2g. %, jarabe (certificado 50.265). 28. RIFAMPICINA 300mg. cápsula (certificado 50.265) 29. RIFAMPICINA 600mg. polvo liofilizado para inyectable (certificado 50.265) 30. EPIDOXORRUBICINA clorhidrato 10mg. / 5ml 50mg./25ml solución inyectable (certificado50.691) 31. EPIDOXORRUBICINA clorhidrato 10mg. / 50mg. polvo liofilizado para inyectable (certificado50.691). 32. DOXORUBICINA clorhidrato 10mg / 5ml 50mg./25ml (50742) 33. DOXORUBICINA clorhidrato 10mg / 50mg. polvo liofilizado para inyectable (certificado 50742) 34. METILPREDNISONA 4mg. 8 mg. 40mg. comprimidos (certificado 51.266) 35. METILPREDNISONA 400mg. / 100ml. solución oral - gotas (certificado 51.266) 36. RISPERIDONA 1 mg. 2mg 3mg. 4mg. comprimidos recubiertos (certificado 51.749) 37. RISPERIDONA 1 mg. / ml solución oral (certificado 51.749).
Se hace saber que algunos de los certificados de elaboración medicinal individualizados podrían encontrarse vencidos a la fecha, aun cuando no hayan sido expresamente consignados como tales. En particular, cabe tener presente la situación de los certificados detallados en los puntos 3, 4, 19, 20, 22 y 23, de acuerdo con lo informado en expte. (v. oficio de respuesta de la ANMAT de fecha 6/10/2025; arts. 7 y concs., ley 16.463,) que se adjunta a la presente. Asimismo, en caso de producirse dilaciones en el trámite previo a su realización, el estado de vigencia de los certificados de elaboración medicinal podría modificarse por nuevos vencimientos. En consecuencia, la eventual caducidad constituye un riesgo propio de la enajenación en bloque, que deberá ser ponderado por los oferentes al formular sus posturas, en el marco del régimen aplicable (ley 16.463).
Por último, respecto a los certificados nro. 43.900 y 43.125 que se referencia en las disposiciones 1517/2025 y1518/2025 de la ANMAT -en relación a la firma HLB Pharma Group- se prohibió su uso, comercialización y distribución en el territorio nacional de los lotes que elaboró la firma y allí se especifican (para mayor información véase las disposiciones citadas). Por lo que la ANMAT nada informó sobre los certificados en sí mismos, ni cambios en las condiciones de su titularidad, y, respecto a la prohibición de uso o comercialización de los certificados medicinales enumerados en la disposición 2823/2015 de la ANMAT, respecto a la firma Surar Pharma SA, se refieren a la elaboración de productos que deriven de dichos certificados, lo que no obsta -en principio-, ni se informó al respecto, en relación a futuros cambios en su titularidad.
subasta en block de 37 certificados para la elaboración de medicamentos que se encuentran inscriptos en el REM y a continuación se detallan: 1. AGUA PARA INYECCION destilada inyectable (certificado 37.787) 2. SOLUCIÓN FISIOLÓGICA cloruro de sodio 0,85gr/100ml (certificado 37.788) 3. SUCCINILCOLINA clorhidrato 100mg: 500mg, polvo liofilizado (certificado 38.973) 4. SUCCINILCOLINA clorhidrato 100mg: 2mg, solución (certificado 38.973) 5. NITROGLICERINA 25MG/5ML, solución inyectable (certificado 42.436) 6. DOPAMINA clorhidrato 100mg/5ml. 200mg./5ml inyectable (certificado 43.125) 7. TIOPENTAL - Tiopental sódico 1g, inyectable para perfusión (certificado 43.584) 8. CEFALOTINA sódica 1000mg. inyectable (certificado 43589) 9. PROPOFOL 10mg/ml inyectable (certificado 43.900) 10. OMEPRAZOL 20mg. cápsula dura (certificado 48.117). 11. OMEPRAZOL 40mg. polvo liofilizado para inyectable (certificado 48.117) 12. ORNIDAZOL 1000mg/6ml inyectable para perfusión (certificado 48.175) 13. OXALIPLATINO 50me. 100gr. polvo liofilizado para inyectable (certificado 48.202). 14. ETOPOSIDO 100mg. 5ml solución inyectable (certificado 48.220) 15. RIFAMICINA SV 1gr/100ml solución tópica (certificado 48.272) 16. RIFAMICINA SV 1gr/100gr pomada dérmica (certificado 48.272) 17. RIFAMICINA SV 1gr/100ml spray dérmico (certificado 48.272) 18. MESNA 200MG/2ml 400mg/4ml solución inyectable (certificado 48.320) 19. LAMIVUDINA 150mg. comprimidos recubiertos (certificado 48.549) 20. BETAMETASONA betametasona 17 ugüento (certificado 48.734). 21. CEFTRIAXONA 0,5 g/5ml. 1 g. polvo inyectable (certificado 48.843) 22. LAMIVUDINA 150mg - ZIDOVUDINA300mg. comprimidos recubiertos (certificado 49.037). 23. HIDROXIUREA 500mg. cápsulas duras (certificado 49.413) 24. CLONIDINA clorhidrato 0,15mg/ml (certificado 49.663) 25. IDARUBICINA clorhidrato 5mg/25mg cápsulas duras (certificado 49.858). 26. IDARUBICINA clorhidrato 5mg/10mg. polvo liofilizado para inyectable (certificado 49.858). 27. RIFAMPICINA 2g. %, jarabe (certificado 50.265). 28. RIFAMPICINA 300mg. cápsula (certificado 50.265) 29. RIFAMPICINA 600mg. polvo liofilizado para inyectable (certificado 50.265) 30. EPIDOXORRUBICINA clorhidrato 10mg. / 5ml 50mg./25ml solución inyectable (certificado50.691) 31. EPIDOXORRUBICINA clorhidrato 10mg. / 50mg. polvo liofilizado para inyectable (certificado50.691). 32. DOXORUBICINA clorhidrato 10mg / 5ml 50mg./25ml (50742) 33. DOXORUBICINA clorhidrato 10mg / 50mg. polvo liofilizado para inyectable (certificado 50742) 34. METILPREDNISONA 4mg. 8 mg. 40mg. comprimidos (certificado 51.266) 35. METILPREDNISONA 400mg. / 100ml. solución oral - gotas (certificado 51.266) 36. RISPERIDONA 1 mg. 2mg 3mg. 4mg. comprimidos recubiertos (certificado 51.749) 37. RISPERIDONA 1 mg. / ml solución oral (certificado 51.749).
Se hace saber que algunos de los certificados de elaboración medicinal individualizados podrían encontrarse vencidos a la fecha, aun cuando no hayan sido expresamente consignados como tales. En particular, cabe tener presente la situación de los certificados detallados en los puntos 3, 4, 19, 20, 22 y 23, de acuerdo con lo informado en expte. (v. oficio de respuesta de la ANMAT de fecha 6/10/2025; arts. 7 y concs., ley 16.463,) que se adjunta a la presente. Asimismo, en caso de producirse dilaciones en el trámite previo a su realización, el estado de vigencia de los certificados de elaboración medicinal podría modificarse por nuevos vencimientos. En consecuencia, la eventual caducidad constituye un riesgo propio de la enajenación en bloque, que deberá ser ponderado por los oferentes al formular sus posturas, en el marco del régimen aplicable (ley 16.463).
Por último, respecto a los certificados nro. 43.900 y 43.125 que se referencia en las disposiciones 1517/2025 y1518/2025 de la ANMAT -en relación a la firma HLB Pharma Group- se prohibió su uso, comercialización y distribución en el territorio nacional de los lotes que elaboró la firma y allí se especifican (para mayor información véase las disposiciones citadas). Por lo que la ANMAT nada informó sobre los certificados en sí mismos, ni cambios en las condiciones de su titularidad, y, respecto a la prohibición de uso o comercialización de los certificados medicinales enumerados en la disposición 2823/2015 de la ANMAT, respecto a la firma Surar Pharma SA, se refieren a la elaboración de productos que deriven de dichos certificados, lo que no obsta -en principio-, ni se informó al respecto, en relación a futuros cambios en su titularidad.
AUTOS Surar Pharma SA. Incidente de realización de bienes (expte. Nro 55623-4), en trámite ante el Juzgado Civil y Comercial n° 14 de La Plata. SUBASTA: comenzará el día 6 de abril de 2026 a las 11hs. y finalizará el día 20 de abril de 2026 a las 11hs. BASE EN DÓLARES U$S 5.700, DEPÓSITO EN GARANTÍA EN DÓLARES: U$S 285 (5% de la Base). Aquel interesado en participar de la subasta deberá abonar dicho importe como mínimo 3 días hábiles anteriores al inicio de la puja virtual, en la CUENTA JUDICIAL EN DÓLARES Nro. 2050-45408 CBU 0140114728205000454084, CUIT 30-70721665-0 del Banco de la Provincia de Buenos Aires, Sucursal Tribunales. Podrán participar únicamente quienes dispongan de un certificado de habilitación para elaborar especialidades medicinales conforme las especialidades medicinales de los certificados ofrecidos, otorgada conforme la Ley 14.463/64 y el decreto 150/92 y normas complementarias. AUDIENCIA DE ADJUDICACIÓN: Se llevará a cabo el día 13 de mayo de 2026 a las 11hs. en la sede del Juzgado Civil y Comercial Nro. 14 de La Plata sito en la calle 13 N° 690 de la ciudad de La Plata, a efectos de la firma del Acta de Adjudicación, debiendo el ganador acreditar en la misma su calidad exhibiendo la inscripción y código de postor, comprobante de saldo de precio con deducción de lo depositado como garantía, y el pago de la comisión y aporte del martillero. La posesión será entregada en ese acto. En caso de incumplimiento será considerado postor remiso (art. 585 CPCC). SALDO DE PRECIO: dentro de los 5 días de notificada por nota la providencia que apruebe el remate (art.581 CPCC) una vez aprobada la rendición de cuenta, presentada por el martillero. COMISIÓN MARTILLERO: se fija en el 8% a cargo del comprador, más el 10% de los honorarios en concepto de aporte previsional a cargo del comprador. COMPRA EN COMISIÓN: Deberá denunciar nombre de comitente y ambos estar inscriptos en el RGSJ. PROHIBE: cesión del acta de adjudicación.
ACREDITACIÓN DE POSTORES: hasta las 11hs. del día 30 de abril de 2026. A efectos de acreditar el pago del depósito en garantía los interesados deberán preinscribirse a la subasta, abonar el depósito en garantía, remitir el comprobante de pago por correo electrónico a subastas-lp@scba.gov.ar, para su validación y, asimismo, remitir al mismo correo de la Seccional de Subastas de La Plata, la documentación que acredite el certificado de habilitación para elaborar especialidades medicinales conforme las especialidades medicinales de los certificados ofrecidos, otorgada conforme la Ley 14.463/64 y el decreto 150/92. Cumplido, quedará perfeccionada la inscripción y se generará el código de postor, único y secreto, para participar de la subasta. DEVOLUCIÓN DE LOS DEPÓSITOS EN GARANTÍA: art. 39 Regl. Ac. 3604 y Ac. 3875, que indican que a los oferentes que no resultaron ganadores, les será devuelto en forma inmediata y automática mediante oficio a confeccionar por el Juzgado dirigido al Banco de la Prov. de Bs. As. disponiendo el reintegro a las respectivas cuentas bancarias de los participantes. Aquellos que hubieren hecho reserva de postura, tendrán la opción de mantener la oferta hasta la celebración de la Audiencia de Adjudicación (art 585, CPCC), o bien, solicitar la devolución en el Juzgado una vez finalizada la subasta.
INFORMACIÓN DE INTERÉS: Aquellos interesados en participar de la subasta deberán encontrarse previamente registrados en el Registro de Subastas Judiciales, como usuarios del sistema. CONSULTAS: Juzgado Civil y Comercial N° 14 Conmutador/es: 4104400 Interno/s: 42204-44467-42194/98, Registro de Subastas Judiciales -Seccional La Plata: tel. (221) 410-4400 internos 44443, 42816, 44125, 44124; Avenida Nº 13 entre 47 y 48, Palacio de Tribunales, oficina 8, La Plata, correo electrónico: subastas-lp@scba.gov.ar . MARTILLERO: Ricardo Enrique Severini email ricardoseverini@hotmail.com, teléfono 221-612-2034. TIEMPO DE EXTENSIÓN: En caso que en los últimos tres minutos previos al cierre de la puja interactiva los postores realizaran ofertas, la subasta se extenderá a fin de garantizar que los otros postores puedan mejorar la oferta. A efectos de visualizar la última postura efectuada, deberá mantener actualizada la página pulsando F5. Para mayor información, consultar los Link de color azul obrantes en esta publicación.
Suprema Corte de Justicia de la Prov. de Buenos Aires.Av. 13 entre 47 y 48 - Planta Baja - La Plata - Conmutador: (0221)-410-0214. <<< Versión: 2.2.0.2 >>>